Preguntas Frecuentes

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  1. ¿Qué es la Agrimensura?

La Agrimensura es la disciplina que se ocupa de la ubicación, identificación, delimitación, medición, representación y valuación del espacio y la propiedad territorial, ya sea pública o privada, urbana o rural, (comparándola con el título de propiedad del inmueble), tanto en su superficie como en su profundidad, así como también de la ubicación y control geométrico de obras, organizando y conduciendo su registro, es decir, el catastro.

  1. ¿Qué es un Agrimensor o Ingeniero Agrimensor?

Es el profesional que estudia, proyecta, dirige e implemente los sistemas de información parcelaria. Identifica, mide y valúa la propiedad inmueble pública o privada, urbana y rural, así como las mejoras ejecutadas en su superficie o en el subsuelo, organizando su registro catastral. Participa en la resolución de problemas inherente a los derechos sobre las cosas inmuebles, (interpretando y analizando los derechos reales al que está sometido determinado inmueble). También realiza e interpreta levantamientos planimétricos topográficos y fotogramétricos con representación geométrica, gráfica y analítica.

     3. ¿Cuáles son los trabajos más frecuentes que realiza un Agrimensor o Ingeniero Agrimensor?

Mide, calcula, dibuja y tramita diferentes Planos de mensura: Divisiones, Fraccionamientos, Divisiones por el Régimen de Propiedad Horizontal, Uniones, Unificaciones, Mensuras para desafectaciones de calles públicas, Mensuras para Prescripción Adquisitiva de Dominio o Usucapión, Mensuras para constitución de Servidumbres, Mensuras de Conjuntos Inmobiliarios, Clubes de Campo.

Además, realiza Nivelaciones, Planos de Curvas de Nivel, Certificados de Deslinde y Amojonamiento (C.D.A), Verificaciones de Subsistencia de Estado Parcelario (V.E.P.), Relevamientos con DRONE

  1. ¿Dónde puedo encontrar un Agrimensor?

En el Colegio Profesional de Agrimensura de la Provincia del Neuquén, sito en la Avenida Argentina N° 480 6° piso o en sus Delegaciones del interior (Chos Malal, Zapala, San Martín, Villa La Angostura), donde le podrán imprimir un listado de los profesionales matriculados, o en la página web www.cpanqn.org podrá imprimir un listado de los profesionales que autorizaron su publicación.

  1. ¿Dónde se estudia Agrimensura?

www.estudios.com.ar/estudiar-agrimensura.html?q=Agrimensura

  1. ¿Qué es una parcela?

Denominase parcela a la representación de la cosa inmueble de extensión territorial continua, deslindada por una poligonal de límites correspondientes a uno o más títulos jurídicos o a una posesión ejercida, cuya existencia y elementos esenciales consten en un documento cartográfico, registrado en el organismo catastral.

Son elementos de la parcela:

I) Esenciales:

a) La ubicación georeferenciada del inmueble.

b) Los límites del inmueble, con relación a las causas jurídicas que les dan origen.

c) Las medidas lineales, angulares y de superficie del inmueble.

II) Complementarios:

a)La valuación fiscal.

b)Sus linderos

Dichos elementos constituyen el “Estado Parcelario” del inmueble.

La determinación del “Estado Parcelario” se realiza mediante actos de levantamiento parcelario consistentes en actos de mensura ejecutados por profesionales con incumbencia en la agrimensura.

  1. ¿En qué consiste un Certificado de Deslinde y Amojonamiento (CDA)?

El CDA es la representación gráfica de la ubicación de lo que indica el título respecto a su ubicación real y sus mejoras incorporadas. Se tramita en la Dirección de Catastro de la Municipalidad.

En el terreno se realiza el replanteo del lote de acuerdo con las medidas, ángulos, superficie y distancias a los esquineros de manzana que fueron consignadas en el Plano de mensura que dio origen a la parcela que se está deslindando y amojonando. Por lo expuesto el agrimensor debe medir exteriormente las líneas municipales y líneas de edificación de la manzana y manzanas linderas, los anchos de las calles y posteriormente necesita ingresar al lote para medir la edificación existente, los muros de cerramiento y todo hecho físico que considere como alambrados, postes de madera, columnas de hormigón, etc.

  1. ¿Cuándo se necesita un CDA?

Se necesita cuando el propietario quiere conocer los límites de su lote para realizar el cerramiento, cuando tiene diferencias de límites con los vecinos y especialmente la Municipalidad lo solicita cuando el propietario tramita un plano de obra de Proyecto o Conforme a obra de lo que construyó.

  1. ¿En qué consiste una Verificación de Subsistencia de Estado Parcelario (VEP)?

La VEP es la Verificación de la subsistencia del estado parcelario, esto significa la posibilidad o no de poder replantear lo que indica el Plano antecedente que generó la parcela en el terreno y que no afecte a títulos linderos. Se tramita en la Dirección provincial de Catastro e Información Territorial (DPCeIT) y se necesita cuando se está por escriturar o hipotecar un lote o cuando se está realizando cualquier acto de constitución, modificación y/o transmisión de derechos reales y se encuentra vencido el plazo de registración del plano de mensura que lo generó. La ley establece una vigencia de 3 años desde la fecha de registración del plano de mensura para los lotes que eran baldíos y una vigencia de 5 años para los lotes que a esa fecha estaban edificados.  

La medición que se realiza en el terreno es la misma que se hace para un CDA, pero la documentación que se presenta en la DPCeIT es distinta a la del certificado.

  1. Me piden un Certificado de Deslinde y Amojonamiento (CDA) y yo hace poco realicé una Verificación Parcelaria (VEP), ¿Es necesario volver a realizar el trabajo?

Lo más aconsejable es contactarse con el Agrimensor que realizó la VEP.

En algunos municipios toman como válida la VEP por el CDA, consulte a un Agrimensor.

  1. El escribano me pide la VEP

No siempre es necesario realizar la VEP, consulte a un Agrimensor. “No se exigirá verificación de subsistencia del estado parcelario para la inscripción del dominio adquirido por usucapión o aluvión, ni para la transmisión de dominio por sucesión mortis causa” (Artículo 28 de la Ley 2217).

Además tampoco es necesario realizar una VEP cuando el plano que originó el lote está vigente: La vigencia es de 3 (Tres) años para lotes baldíos y 5 (cinco) años para lotes edificados a partir de la fecha de registración del plano de mensura en la DPCeIT.

  1. ¿Qué vigencia tiene una VEP?

Una VEP tiene 3 (tres) años de vigencia si la parcela se generó en condición de baldío, sino tiene 5 (cinco) años. Es la misma vigencia que la Ley establece para los Planos de Mensura.

  1. Quiero dividir un terreno, ¿Qué necesito?

En principio debe ser el titular del dominio (tener la escritura a su nombre inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble), luego consulte a un Agrimensor.

  1. ¿Qué valor tiene una VEP, CDA o Mensura, Tasaciones, etc.?

En el Colegio Profesional de Agrimensura de la Provincia del Neuquén podrá obtener información, o en su página web www.cpanqn.org se publican honorarios mínimos sugeridos, para las diferentes tareas realizadas por los agrimensores, brindando una idea de los valores.

  1. ¿Cuánto tarda el trámite de Mensura?

Depende del tipo de Mensura y de los organismos intervinientes (Municipalidad, Recursos Hídricos, Vialidad Provincial o Nacional, entes reguladores de distintos ductos, etc.), consulte a un Agrimensor. Hay que aclarar cuáles son los tiempos estimados propios de un Agrimensor y dejando claramente expresado que se excluye a los tiempos de la administración pública.

  1. ¿A quién le corresponde realizar (pagar) la VEP, al vendedor o al comprador?

Generalmente es un acuerdo entre la parte vendedora y compradora, el vendedor debería tener en condiciones la documentación del inmueble a vender.

  1. ¿En qué consiste una Mensura?

Conjunto de actividades por medio de las cuales se identifican, se delimitan, se miden, se ubican, se representan y se documentan los hechos confrontados con los derechos. Es la representación gráfica del título en el terreno, con la incorporación de las mejoras existentes, en la cual se indicarán las restricciones, si hubiere, correspondientes.

  1. Contraté un Agrimensor y no termina el trámite, quiero realizarlo con otro.

En un principio deberá lograr la renuncia del Agrimensor y luego podrá contratar a otro.

  1. Quiero denunciar a un Profesional.

Podrá hacerlo por escrito en el Colegio Profesional de agrimensura de la Provincia del Neuquén o en cualquiera de sus Delegaciones del interior (Chos Malal, Zapala, San Martin, Villa La Angostura). Los requisitos de presentación del reclamo se encuentran en la Resolución N° 7/17 y se encuentra disponible en la página web.

  1. Elementos necesarios para realizarle una consulta a un Agrimensor.

Deberá contar con la Nomenclatura Catastral, el número de lote y manzana o con un recibo de impuesto inmobiliario, o con la escritura a la vista, o con un boleto de Compra-Venta si éste estuviese completo.

  1. ¿Por qué el Agrimensor o Ingeniero Agrimensor es el único que puede hacer Mensuras o VEP o Certificados de Deslindes?

Porque es el único título habilitante para este tipo de tareas profesionales y es el único que tiene incumbencias para hacerlo.

Las incumbencias de una carrera de grado las extiende el Ministerio de Educación.